Mientras a más de un millón de hondureños se les niega el aumento de salario que por ley, deben recibir a partir del mes de enero de cada año, el consejo de ministros se aumentó en 10 mil lempiras mensuales, su salario que de entrada era bastante alto.
Los altos funcionarios pasaran a ganar 90 mil lempiras mensuales, lo que significa más de 25 salarios mínimos de los que gana un obrero en la industria de la maquila. El salario anterior era de 80 mil lempiras más gastos de representación, motorista, guardias de seguridad y asistentes personales.
La noticia que no ha trascendido en los medios favorables al golpismo, ha sido transmitida por la Periodista Gilda Silvestrucci en el Programa En la Plaza que se transmite por Radio Globo.
Esto ocurre mientras el sector magisterial que aglutina más de 60 mil maestros del sector público se encuentra paralizado, por la aprobación de un decreto legislativo que les deroga el Estatuto del Docente Hondureño, a inicitiva del gobierno de Porfirio Lobo Sosa.
Por su parte los obreros organizados del país tienen convocadas a sus bases para una asamblea el 30 de octubre para definir estrategias de lucha frente a la nueva embestida del régimen.
El Frente Nacional de Resistencia Popular FNRP, ha convocado también a sus bases a protestar y ha denunciado que el decreto que restringe los derechos de los trabajadores "aprobado por el Partido Nacional, en horas de la noche en el congreso de facto, es inconstitucional y significa otra embestida del régimen de fuerza de Porfirio Lobo que continua las políticas de represión del golpe de Estado, contra los trabajadores y sus estatutos".
El FNRP, dice en un comunicado "que la violación a estos derechos no son hechos aislados son consecuencias del golpe de estado que continua con sus acciones generadas desde la clase dominante, a través del FMI y de la embajada de los EEUU y tienen como objetivo reducir la masa salarial, para debilitar el sector social y desarticular la organización sociales del pueblo".
El decreto aprobado por el congreso para congelar salarios a los obreros, contradice de forma clara el artículo 95 del Estatuto del Docente que textualmente dice: Los derechos que reconoce esta Ley no podrán ser disminuidos, tergiversados o ignorados y toda disposición en ese sentido será nula ipso jure. El personal docente en servicio al entrar en vigencia este Estatuto, conservará los derechos adquiridos mediante la anterior Ley de Personal y Escalafón del Magisterio en cuanto le favorezcan.
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